Micelio
Auto16 de marzo de 2022

A- de 2022

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Tema · dato duro
Acción De Nulidad De Acto Administrativo Y Declaratoria De Existencia De Vinculación Laboral Propia De Un Empleado Público.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad de acto administrativo y declaratoria de existencia de vinculación laboral propia de un empleado público
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Girardot y el Juzgado Primero Administrativo Del Circuito del mismo municipio.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpusieron dos ciudadanos en contra del Consejo Superior de la Judicatura/Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, pretendiendo la nulidad del oficio mediante el cual se negaron las pretensiones de declaratoria de existencia de un contrato de trabajo por varios años y el pago de las prestaciones sociales correspondientes.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte declaró que el despacho que debe conocer el proceso mencionado es el Juzgado Primero Administrativo Del Circuito de Girardot, a donde ordenó enviar el expediente para que adelante las funciones que le corresponden y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y os sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

La regla de decisión aplicada fue aquella que establece que la Jurisdicción Contencioso Administrativa es la competente para conocer las demandas en las que se solicita declarar la existencia de una relación legal y reglamentaria con la Rama Judicial, pues respecto de ella no está regulada la categoría especial de trabajador oficial.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto jurisdicciones suscitado por el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Girardot y el Juzgado
  3. Primero. Administrativo Del Circuito de Girardot en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Primero. Administrativo Del Circuito de Girardot, es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por Domitila Calderón Torre y José Francisco Labrador Gutiérrez en contra del Consejo Superior de la Judicatura - Dirección Ejecutiva de Administración Judicial
  5. Segundo. Por Secretaría General, REMITIR al Juzgado
  6. Primero. Administrativo Del Circuito de Girardot el expediente CJU-839 para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique al Juzgado
  7. Primero. Laboral del Circuito de Girardot y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.